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PRINCIPALES VIOLACIONES COMETIDAS POR LOS INFRACTORES

Las violaciones de las Regulaciones Urbanísticas constituyen contravenciones previstas y sancionadas por el Decreto 272. Los Inspectores en Ordenamiento Territorial y Urbanístico del Departamento de Control del Territorio, localizan nuevas ilegalidades en las demarcaciones de los Consejos Populares.

Las violaciones más frecuentes cometidas por la población son las que inciden directamente en la vivienda:

  1. Construcciones,
  2. Ampliaciones,
  3. Remodelaciones
  4. Reconstrucciones ilegales de viviendas.

PREVISTAS Y SANCIONADAS POR EL DECRETO 272 :

Sin título de propiedad del terreno, azotea u otra forma de titularidad reconocida por el Estado:

  • Termine una o más viviendas (multa de $ 1000.00 pesos) y en su caso el decomiso o pérdida de lo construido.
  • Termine la ampliación de una o más viviendas (multa de $ 800.00 pesos) y en su caso la demolición de lo ampliado.
  • Inicie la construcción de una o más viviendas (multa de $ 500.00 pesos) y en su caso la demolición de lo construido.
  • Termine una o más obras no destinadas a la vivienda (multa de $ 900.00 pesos) y en su caso la demolición, decomiso o pérdida de lo construido.
  • Termine ampliación de una o más viviendas (multa de $ 700.00 pesos) y en su caso la demolición de lo ampliado.
  • Inicie una o más obras no destinadas a vivienda (multa de $ 300.00 pesos) y en su caso la demolición de lo construido.

Con título de propiedad del inmueble, terreno o azotea según corresponda u otra forma de titularidad reconocida por el Estado:

  • Termine una o más viviendas (multa de $ 800.00 pesos) y en su caso la demolición, decomiso o pérdida de lo construido.
  • Termine la ampliación, reconstrucción o remodelación de una o más viviendas (multa de $ 600.00 pesos) y en su caso, la demolición de lo ampliado.
  • Inicie la construcción, reconstrucción ampliación o remodelación de una o más viviendas (multa de $ 200.00 pesos) y en su caso la demolición de lo construido.

En el caso de cuartos de desahogo, corrales, entre otros:

  • Termine una o más obras no destinadas a viviendas (multa de $ 600.00 pesos) y en su caso la demolición, decomiso o pérdida de lo construido.
  • Termine la ampliación, reconstrucción o remodelación de una o más obras no destinadas a viviendas (multa de $ 400.00 pesos) y en su caso la demolición de lo ampliado y

Inicie la construcción, reconstrucción, ampliación o remodelación de una o más obras no destinadas a viviendas (multa de $ 100.00 pesos) y en su caso la demolición, decomiso o pérdida de lo construido.

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