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Bienhechurías

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  • ¿Cuál es la extensión máxima de tierras a entregar en usufructo a una persona natural? +

    La extensión máxima que puede entregarse en usufructo a personas naturales que no posean tierras en ningún concepto es de veintiséis punto ochenta y cuatro (26.84) hectáreas [dos (2) caballerías].

    En los casos de ganadería mayor y cultivos en polos productivos, el área mínima a entregar es de veintiséis punto ochenta y cuatro (26.84) hectáreas [dos (2) caballerías], la que puede ampliarse hasta el máximo de sesenta y siete punto diez (67.10) hectáreas [cinco (5) caballerías], siempre que las condiciones lo permitan, a fin de facilitar la aplicación de tecnologías y lograr resultados competitivos.

  • ¿Qué se considera una bienhechuría? +

    Se considera bienhechurías las siguientes:
    1. las edificaciones, instalaciones u otras obras necesarias o útiles para la adecuada atención y protección a los cultivos, animales y plantaciones, la conservación y el mejoramiento de los suelos y las cosechas;
    2. los bosques, las plantaciones permanentes de frutales y otras de carácter permanente, y;
    3. las viviendas del usufructuario y sus familiares, según lo establecido en el Reglamento del presente Decreto-Ley.
  • ¿Puedo construir nuevas bienhechurías así como reconstruir, remodelar o ampliar las existentes? +

    Si, para ello solicitará en la Dirección Municipal de Planificación Física dicho trámite para lo cual debe presentar los siguientes documentos:
    1. Certificación de Tenedor Inscripto y el Contrato de Usufructo.
    2. Carnet de Identidad.

    Una vez recepcionado el trámite seexpide en un término de 30 días hábileselCertificadode Regulaciones para Bienhechuría, en el que señala:

    a) la ubicación de las bienhechurías, mediante croquis acotado;

    b) el tiempo de vigencia de las instalaciones, en las áreas entregadas en usufructo a tiempo determinado;

    c) los materiales a utilizar para cada lugar;

    d) la prohibición de dedicarlas a otros fines no autorizados; y

    e) otros elementos que se consideren necesarios para facilitar su adecuada construcción.

    Luego seexpide la Licencia de Obra correspondiente dentro del término de  treinta (30) días hábiles siguientes a partir de la presentación del proyecto, en los casos que se construyan viviendas, almacenes de productos químicos, cochiqueras, vaquerías, naves para ganado menor y otras bienhechurías que generen riesgos de contaminación.

    Concluida la construcción, reconstrucción, remodelación o ampliación de las  bienhechurías, el usufructuario tiene la obligación de concurrir ante la Dirección Municipal de Planificación Física para solicitar el Certificado de Utilizable, el que le será otorgado dentro del término de treinta (30) días hábiles siguientes a partir de la solicitud.

    El Certificado de Utilizable se presenta por el usufructuario, dentro del término de siete (7) días hábiles, ante el Director Municipal del Centro Nacional de Control de la Tierra, acompañando del Certificado de Tenedor Inscripto, a los efectos de actualizar la inscripción y archivar el primero en el expediente registral.

  • ¿Cuál es la superficie de terreno autorizada para la construcción, reconstrucción o ampliación de bienhechurías? +

    La superficie de terreno autorizada podrá alcanzar hasta el uno (1) por ciento del total de la tierra entregada.

  • Tarifa para el cobro de los servicios técnicos aplicar el SPF +

    Certificado de Regulaciones para bienhechuría

    UM (pesos)
    Valor del servicio técnico en pesos
    Valor del sello de timbre
    Obras nuevas de hasta 60 metros cuadrados totales
    $ 120.00
    10
    Obras nuevas de más de 60 metros cuadrados totales
    $ 200.00
    15
    Reconstrucción, ampliación y remodelación de hasta 60 metros cuadrados totales
    $ 100.00
    10
    Reconstrucción, ampliación y remodelación de más de metros cuadrados totales
    $ 150.00
    15
    Cochiqueras de hasta 30 metros cuadrados
    $ 250.00
    10
    Cochiqueras de más de 30 metros cuadrados
    $ 400.00
    15
     
     
     

    Licencia de construcción para bienhechuría

    UM (pesos)
    Valor del servicio técnico en pesos
    Valor del sello de timbre
    Obras nuevas de hasta 60 metros cuadrados totales
    $ 120.00
    10
    Obras nuevas de más de 60 metros cuadrados totales
    $ 200.00
    15
    Reconstrucción, ampliación y remodelación de hasta 60 metros cuadrados totales
    $ 100.00
    10
    Reconstrucción, ampliación y remodelación de más de metros cuadrados totales
    $ 150.00
    15
     
     
     

    Para la obtención de este servicio técnico se requiere:

    • Elaboración de proyecto ejecutivo

    Nota: Es facultad de Arquitecto de la comunidad (proyecto de viviendas) y de la ENPA el resto de loS bienhechurías

    • Certificado de Utilizable para bienhechuría
    Valor del servicio técnico en pesos
    Valor del sello de timbre
    Todos los casos
    $ 80.00
    $ 5.00

    El costo de sello de timbre no incluye en valor del servicio técnico brindado

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